La retención de alquileres en inmuebles que no sean destinados a la vivienda (principalmente locales) serán del 19% a partir del 1 de enero de 2016, tanto si el arrendador es persona física como si es persona jurídica.

Esto incluye los arrendatarios de locales, despachos, oficinas, naves, etc. En este caso hay que emitir la factura incluyendo el IVA del 21% y el IRPF del 19%.

retención alquileres 19 IRPF

En los casos de residencia habitual el alquiler no debe incluir ni IVA ni IRPF.

Últimas variaciones en las retenciones de IRPF:
– Desde el 1 de enero de 2015 era el 20%.
– A partir del 12 de julio de 2015 era el 19,5%.
– A partir del 1 de enero de 2016 es del 19%.

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