El pasado viernes 8 de marzo entró en vigor el Real Decreto-Ley de medidas urgentes para garantizar la igualdad entre hombres y mujeres en el empleo, con la publicación de este en el BOE.

Sin embargo, no fue hasta el 1 de abril que entró en vigor la ampliación del permiso por paternidad. Lo harán de manera progresiva hasta llegar a igualar las bajas por maternidad en el 2021 con 16 semanas.

¿Cuál será el aumento? ¿Y si el parto es múltiple?

Se prevé que, en los próximos tres años, el permiso de paternidad aumente hasta igualarse con el de maternidad. El período de tiempo que se ha establecido para que esto suceda es el siguiente:

  • 2019: 8 semanas a partir del 1 de abril
  • 2020: 12 semanas a partir del 1 de enero
  • 2021: 16 semanas a partir del 1 de enero

Se deberá disfrutar de manera obligatoria e ininterrumpida las dos primeras semanas después del parto. Sin embargo, las seis restantes podrán ser de manera interrumpida, desde la finalización del periodo obligatorio hasta que el bebé tenga 12 meses.

En el caso de que el parto, la adopción o la acogida sea múltiple el período se ampliará dos semanas más por cada hijo. La última semana de descanso se podrá disfrutar independientemente dentro de los 12 meses posteriores a la fecha del parto.

¿Afectará al salario del trabajador? ¿Y a la empresa?

No. En ningún caso esta ampliación repercutirá en el salario del trabajador. Le corresponde un subsidio que cubre la pérdida económica que provoca la interrupción de su actividad laboral, prestación que asume en su totalidad el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS).

En este caso, debido a que la paternidad no es una baja por incapacidad temporal sino un permiso retribuido, la empresa no tiene ninguna obligación de pagar al trabajador el 100% de su sueldo bruto.

¿Cuáles son los requisitos para disfrutar del permiso? ¿Cómo repercute en el IRPF?

Para poder solicitar el permiso por paternidad, el progenitor tiene que estar dado de alta en la Seguridad Social y haber cotizado un periodo mínimo de 180 días durante los 7 años anteriores a la fecha de inicio del permiso o 360 días durante toda su vida laboral.

En cuanto al IRPF, todos los padres que hayan disfrutado del permiso de paternidad desde el año 2014 podrán reclamar la devolución de lo que tributaron durante este periodo, por lo que queda exento de pagar IRPF.

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